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Academias venezolanas se pronunciaron ante acciones de TSJ y CNE

ELVICTORIANO.COM.VE - Las directivas de las siete academias venezolanas: Ciencias FĆ­sicas, MatemĆ”ticas y Naturales (Acfiman), Medicina, Historia, Lengua, IngenierĆ­a y HĆ”bitat (Anih), Ciencias EconĆ³micas (Ance) y de Ciencias PolĆ­ticas y Sociales, acordaron el pasado 21 de octubre emitir un comunicado para pronunciarse sobre la decisiĆ³n de acoger las medidas cautelares dictadas por varios tribunales penales del paĆ­s, por medio de las cuales se ordenĆ³ posponer el proceso de recolecciĆ³n del 20% de manifestaciones de voluntad requeridas para cumplir con el trĆ”mite de la solicitud delReferendo Revocatorio del mandato del Presidente de la RepĆŗblica.

En el documento presentado los investigadores y expertos nacionales exponen que es un deber “pronunciarse en virtud de la grave desviaciĆ³n de poder, que evidencia que se ha puesto la justicia al servicio de una posiciĆ³n polĆ­tica para cercenar de esa manera el derecho constitucional a que se refiere el artĆ­culo 72 de la ConstituciĆ³n”. Se argumenta que el paĆ­s estĆ” en presencia de un rompimiento del orden constitucional por la intervenciĆ³n de la justicia penal en el tema electoral, por lo que las Academias consideran que es de extrema gravedad la posiciĆ³n asumida por el Ć³rgano electoral de acoger de forma automĆ”tica e inmediata decisiones judiciales en lugar de impugnarlas y cuestionarlas, lo que podrĆ­a calificarse como la suspensiĆ³n misma del Estado democrĆ”tico de derecho. Se indica que la coincidencia de las acciones de los tribunales con las etapas cruciales del proceso de referendo hacen pensar en el objetivo claro de interrumpir el procedimiento a favor de los intereses polĆ­ticos de un grupo.

Finalmente se acota que “las Academias Nacionales denuncian la ruptura del orden constitucionalproducido y reclaman de todas las autoridades el mĆ”s celoso acatamiento de la ConstituciĆ³n, a fin de que se restablezca a la brevedad el ejercicio de los derechos polĆ­ticos de los venezolanos”.

A continuaciĆ³n el comunicado Ć­ntegro:

LAS ACADEMIAS NACIONALES SE DIRIGEN A TODOS LOS VENEZOLANOS CON OCASIƓN DE LAS
DECISIONES DICTADAS POR ALGUNOS TRIBUNALES PENALES Y POR EL CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL (CNE) QUE AFECTAN LA CONTINUACIƓN DEL PROCESO DEL REFERƉNDUM
REVOCATORIO DEL MANDATO DEL PRESIDENTE DE LA REPƚBLICA

El 20 de octubre de 2016, el CNE hizo del conocimiento pĆŗblico su decisiĆ³n de acoger las medidas cautelares dictadas por varios tribunales penales del paĆ­s, por medio de las cuales se ordenĆ³ posponer cualquier acto que se hubiere generado como consecuencia de la recolecciĆ³n del 20% de manifestaciones de voluntad requeridas para cumplir con el trĆ”mite de la solicitud del referĆ©ndum revocatorio del mandato del Presidente de la RepĆŗblica.

Las Academias Nacionales consideran su deber pronunciarse en virtud de la grave desviaciĆ³n de poder, que evidencia que se ha puesto la justicia al servicio de una posiciĆ³n polĆ­tica para cercenar de esa manera el derecho constitucional a que se refiere el artĆ­culo 72 de la ConstituciĆ³n, que permite la revocatoria del mandato de los cargos de elecciĆ³n popular, incluido el de Presidente de la RepĆŗblica.

Los tribunales penales carecen de competencia en materia electoral, tanto mĆ”s cuando de conformidad con la ConstituciĆ³n de 1999, lo electoral pasĆ³ a ser competencia exclusiva de un poder autĆ³nomo e independiente y el juzgamiento de sus decisiones tambiĆ©n competencia exclusiva de una Sala especial del Tribunal Supremo de Justicia, su Sala Electoral (artĆ­culo 297 de la ConstituciĆ³n).

En este sentido, es pertinente destacar la ruptura del orden constitucional que se ha producido al inmiscuirse la justicia penal en el tema electoral, para por la vĆ­a de medidas cautelares imponer el objetivo polĆ­tico y no jurĆ­dico de evitar la realizaciĆ³n del referido referĆ©ndum revocatorio. Asimismo, consideran las Academias que es de extrema gravedad la posiciĆ³n asumida por el Ć³rgano electoral que abstracciĆ³n hecha de su rango constitucional, procediĆ³ a acoger de forma automĆ”tica e inmediata decisiones judiciales de la justicia penal ordinaria de primera instancia, en lugar de impugnarlas y cuestionarlas, a pesar de su evidente incompetencia y de la ruptura de la unidad electoral que se garantiza con la justicia contencioso electoral de igual rango constitucional.

Como parte de las acciones tomadas por Ć³rganos del Poder Judicial, ocho ciudadanos entre quienes se encuentra el acadĆ©mico Arnoldo JosĆ© GabaldĆ³n Berti, han sido objeto de una prohibiciĆ³n de salida del paĆ­s, sin que se expongan razones para esa medida que afecta la libertad de movimiento garantizada en el artĆ­culo 50 de la ConstituciĆ³n.

La intromisiĆ³n de tribunales penales en las funciones constitucionales del poder electoral y la conducta del CNE al admitir la interrupciĆ³n de su funcionamiento, conducen a la suspensiĆ³n misma del Estado democrĆ”tico de derecho, al negarse con ello la posibilidad de la decisiĆ³n soberana de los millones de venezolanos que integran el registro electoral y tienen derecho a decidir su destino comĆŗn, comprometiĆ©ndose con esta arbitraria suspensiĆ³n la existencia misma
de la RepĆŗblica.

No pueden dejar de seƱalar estas Academias la circunstancia de que las referidas decisiones judiciales de tribunales penales de primera instancia se hayan producido de forma coincidente tanto en el tiempo como en el contenido y alcance, en distintos estados del paĆ­s, fijando el claro objetivo de interrumpir el procedimiento electoral en curso, proceder que confirma las reiteradas denuncias del uso de la justicia con fines polĆ­ticos y de allĆ­ la inexistencia de un Estado sometido a derecho, antes bien, la realidad de un Estado que usa el poder pĆŗblico para la concreciĆ³n de
los intereses polĆ­ticos de un grupo.

Las Academias Nacionales denuncian la ruptura del orden constitucional producido y reclaman de todas las autoridades el mĆ”s celoso acatamiento de la ConstituciĆ³n, a fin de que se restablezca a la brevedad el ejercicio de los derechos polĆ­ticos de los venezolanos.

Las Academias Nacionales, en virtud de la gravedad de los hechos que se denuncian a travƩs del presente Acuerdo, han decidido remitir copia de Ʃste a todas las Embajadas acreditadas en el paƭs, para que por su conducto, sean informadas de su contenido, las respectivas Academias de estos paƭses.

En Caracas, a los veintiĆŗn dĆ­as del mes de octubre de 2016.
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