#DECRETO: FESTIVO LABORABLE 12F EN LA VICTORIA
ELVICTORIANOS.COM.VE - A CONTINUACION DECRETO Nº DA-003/2016
Alcaldía del Municipio “José Félix Ribas”
Del Estado Aragua
DESPACHO DEL ALCALDE
ABOG. JUAN CARLOS SANCHEZ CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.256.791, Alcalde del Municipio Autónomo “José Félix Ribas”, del Estado Aragua, según Acta de Juramentación del Cargo para el Período Administrativo Municipal 2013-2017, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 4627, de fecha 12 de Diciembre del 2013; en uso de las atribuciones legales conferidas en el Artículo 88 Numerales 1 y 3 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, (G. O. Nº 6.015 Extraordinaria de fecha 28 de Diciembre del 2010), en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 184, literal C, de La Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el Articulo 174 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dicta la presente:
DECRETO Nº DA-003/2016
C O N S I D E R A N D O
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 174 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le corresponde al Alcalde o Alcaldesa el Gobierno y la Administración del Municipio
C O N S I D E R A N D O
Que le corresponde al Alcalde como Primera Autoridad Ejecutiva Municipal, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1 del Artículo 88 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, (G.O. Nº 6.015 Extraordinaria de fecha 28 de Diciembre del 2010) vigente, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la constitución del estado, las leyes Nacionales, Estadales, Ordenanzas y demás instrumentos jurídicos municipales.
C O N S I D E R A N D O
Que le corresponde al Alcalde como Jefe de la Rama Ejecutiva Municipal, conforme a lo dispuesto en el Numeral 3 del Artículo 88 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (G.O: Nro 6.015 Extraordinaria de fecha 28 de Diciembre del 2010, dictar Reglamentos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos en la entidad local.
C O N S I D E R A N D O
Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 184, literal C, de Ley Orgánica del Trabajo, el cual establece que son días feriados, a los efectos de esta Ley. Los que se hayan declarado o se declaren festivos por el Gobierno Nacional, por los Estados o por Las Municipalidades, hasta un límite total de tres (3) días por año…
C O N S I D E R A N D O
Que el 12 de Febrero del 2016, se conmemora los 202º Aniversario de La Batalla de La Victoria, gloriosa jornada de la Independencia de Venezuela, en la cual las fuerzas Patrióticas, formadas por jóvenes seminaristas, militares, estudiantes y hombres de pueblo, bajo el mando del general en Jefe José Félix Ribas, consagraron con su triunfo a la Victoria como Ciudad Heroica y al escenario de la Batalla como Altar de la Patria.
C O N S I D E R A N D O
Que el espléndido triunfo patriótico en la Batalla de La Victoria del 12 de Febrero de 1814, valió al General en Jefe José Félix Ribas el Título de “Vencedor de los Tiranos” en la Victoria, pronunciado por El Libertador Simón Bolívar.
C O N S I D E R A N D O
Que en conmemoración de esta Heroica Gesta, el 12 de Febrero fue declarado por Decreto del Ejecutivo Regional en el año 1944, como “DÍA DE VENEZUELA EN ARAGUA” y el 10 de febrero de 1947 por Acuerdo de la Asamblea Nacional Constituyente se decreta que se celebre el 12 de febrero como “DIA NACIONAL DE LA JUVENTUD” para reconocer “el valor que tuvieron los jóvenes por su patria”.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Conmemórese solemnemente en toda la jurisdicción del Municipio “José Félix Ribas”, el “12 de Febrero” con carácter de Fiesta Patriótica.
ARTICULO SEGUNDO: Se Decreta el día 12 de Febrero de 2016, como DÍA FERIADO LABORABLE, en todo el Municipio “José Félix Ribas” del Estado Aragua, exceptuando todas las Instituciones Educativas y a fines en el área.
ARTÍCULO TERCERO: Enarbólese el Pabellón Nacional y Municipal en todos los edificios públicos y privados, residencias particulares y establecimientos comerciales desde las 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m, del día 12 de Febrero de 2016.
Alcaldía del Municipio “José Félix Ribas”
Del Estado Aragua
DESPACHO DEL ALCALDE
ARTÍCULO CUARTO: Conmemorar tan gloriosa fecha de nuestra gesta histórica emancipadora, conforme al siguiente:
PROGRAMA:
6:00 a.m. Izada del Pabellón Tricolor. Plaza “José Félix Ribas”.
9:00 a.m. Misa de Acción de Gracia Iglesia Matriz, Parroquia Nuestra Señora de la Guadalupe.
10:00 a.m. Ceremonia de Ofrenda Floral y Sesión Solemne del Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Aragua.
12:00 m. Entronización de la Virgen Vencedora, Iglesia Matriz Parroquia Nuestra Señora de la Guadalupe.
ARTICULO QUINTO: Publíquese en la Gaceta Municipal el presente Decreto y en un diario de circulación local.
ARTÍCULO SEXTO: Notifíquese del presente Decreto, a la Dirección General de Planificación y Control de Gestión, a la Dirección de Recursos Humanos, a la Dirección de Administración, a la Dirección de Presupuesto, a la Sindicatura Municipal, todas éstas adscritas a la Alcaldía del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua; al Concejo Municipal, a la Contraloría Municipal y a todas las autoridades del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, de la decisión tomada.
Dado, Firmada y Sellada, en el Despacho del Alcalde del Municipio Autónomo “José Félix Ribas” del Estado Aragua, en la ciudad de la Victoria a los Diez (10) días del mes deFebrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
Años 205º de la Independencia, 156º de la federación y 15º de la Revolución Bolivariana
Cúmplase
ABOG. JUAN CARLOS SÁNCHEZ CAMPOS
Alcalde del Municipio José Félix Ribas, del Estado Aragua.
Gaceta Municipal Extraordinario Nº. 4627, de fecha 12 de Diciembre del 2013
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