Header Ads

Human Rights Watch: Venezuela debe revocar decreto de emergencia dictado por Maduro

ELVICTORIANO.COM.VE - La OrganizaciĆ³n de los Estados Americanos deberĆ­a exigirle al Presidente NicolĆ”s Maduro que revoque un decreto de emergencia que limita la posibilidad de la Asamblea Nacional —actualmente con mayorĆ­a opositora— y de las organizaciones no gubernamentales venezolanas de cuestionar los abusos de poder cometiAdos por el gobierno, manifestĆ³ este martes, la organizaciĆ³n de derechos humanos no gubernamentales y sin fines de lucro, Human Rights Watch.
Al declarar un “estado de excepciĆ³n” el 13 de mayo de 2016, el Presidente Maduro ha adoptado la facultad de restringir derechos garantizados en la ConstituciĆ³n venezolana. El decreto de emergencia, que tiene una vigencia de 60 dĆ­as, ademĆ”s le permite al presidente impedir que la Asamblea Nacional utilice sus poderes constitucionales para sancionar a funcionarios pĆŗblicos, y autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a suspender el financiamiento internacional que reciben organizaciones no gubernamentales.

“Hasta hace poco, el gobierno de Maduro ha podido encarcelar a opositores y cercenar los derechos de ciudadanos de a pie sin temor a ningĆŗn tipo de reacciones de los otros poderes”, observĆ³ Daniel Wilkinson, director adjunto para las AmĆ©ricas de Human Rights Watch. “Pero ahora que la oposiciĆ³n controla la Asamblea Nacional de Venezuela, el presidente se atribuyĆ³ a sĆ­ mismo la facultad de despojar a este Ć³rgano de su potestad de sancionar a funcionarios gubernamentales”.

El decreto de emergencia del Presidente Maduro vulnera las obligaciones jurĆ­dicas internacionales que surgen de la Carta DemocrĆ”tica Interamericana, que obliga al paĆ­s a promover y defender la democracia representativa, la cual incluye como uno de sus componentes esenciales a la separaciĆ³n de poderes.

A la luz del pobre desempeƱo del gobierno de Maduro, hay razones de sobra para temer que Ć©ste responda a una creciente crisis econĆ³mica y polĆ­tica empleando prĆ”cticas represivas, incluyendo detenciones arbitrarias, censura y violencia. ​La ConstituciĆ³n venezolana le otorga a la Asamblea Nacional una “funciĆ³n de control” sobre el poder ejecutivo, que incluye la facultad de interpelar a funcionarios pĆŗblicos ante comisiones legislativas para ser cuestionados sobre polĆ­ticas y prĆ”cticas del gobierno, asĆ­ como la posibilidad de remover al vicepresidente y a ministros a travĆ©s de un “voto de censura”. El decreto de emergencia del 13 de mayo autoriza al presidente a “decidir la suspensiĆ³n temporal” de sanciones polĆ­ticas de este tipo si considera que podrĆ­an “vulnerar la seguridad de la naciĆ³n” u “obstaculizar la continuidad de la implementaciĆ³n de medidas econĆ³micas para la urgente reactivaciĆ³n de la economĆ­a nacional, el abastecimiento de bienes y servicios esenciales para el pueblo venezolano”.



El decreto de emergencia tambiĆ©n ordena al Ministerio de Relaciones Exteriores que suspenda todos los convenios que prevean financiamiento extranjero para personas u organizaciones, cuando “se presuma” su “utilizaciĆ³n con fines polĆ­ticos o de desestabilizaciĆ³n de la RepĆŗblica”. En un paĆ­s donde las autoridades han acusado sistemĆ”ticamente a defensores de derechos humanos de desestabilizar la democracia venezolana, este decreto podrĆ­a en la prĆ”ctica obligar a importantes organizaciones no gubernamentales del paĆ­s, que dependen del financiamiento exterior para trabajar de manera independiente, a cerrar sus puertas o a reducir drĆ”sticamente su trabajo.



Ante la generalizada autocensura en los medios de comunicaciĆ³n venezolanos, que es la consecuencia de aƱos de polĆ­ticas y prĆ”cticas oficiales que socavaron gravemente la libertad de expresiĆ³n, una de las pocas voces que todavĆ­a cuestiona abiertamente las polĆ­ticas del gobierno sobre derechos humanos es la de las organizaciones no gubernamentales venezolanas, apuntĆ³ Human Rights Watch.



En la prĆ”ctica, el “estado de excepciĆ³n” declarado por el Presidente Maduro podrĆ­a otorgarle al gobierno mayor discrecionalidad para limitar aĆŗn mĆ”s derechos humanos que ya estĆ”n siendo continuamente vulnerados en Venezuela, incluidos los derechos a la libertad de asociaciĆ³n y expresiĆ³n. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolĆ­ticos estipula que los gobiernos podrĆ”n “derogar” o suspender temporalmente algunas de sus obligaciones de derechos humanos declarando el estado de emergencia, pero sĆ³lo ante situaciones excepcionales que “pongan en peligro la vida de la naciĆ³n”. Incluso en esos casos, los gobiernos solo pueden derogar sus obligaciones jurĆ­dicas en materia de derechos humanos “en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situaciĆ³n.”



El decreto de emergencia del Presidente Maduro no cumple con estos requisitos, sostuvo Human Rights Watch. Por el contrario, pareciera ser una medida con motivaciones polĆ­ticas contra opositores del gobierno y las organizaciones independientes. Las propias palabras del presidente abonan esa conclusiĆ³n. El 17 de mayo, Maduro declarĆ³: “La Asamblea Nacional de Venezuela perdiĆ³ vigencia polĆ­tica. Es cuestiĆ³n de tiempo para que desaparezca”. El presidente anticipĆ³ que los legisladores opositores rechazarĆ­an el decreto, y sugiriĆ³ que lo harĆ­an con la intenciĆ³n de montar “un escenario de violencia para justificar una intervenciĆ³n extranjera de carĆ”cter militar”.



La ConstituciĆ³n venezolana exige la aprobaciĆ³n por parte de la Asamblea Nacional de los decretos que declaren el estado de excepciĆ³n. La Asamblea rechazĆ³ el nuevo decreto de emergencia el 17 de mayo. No obstante, el Tribunal Supremo dispuso en febrero que el rechazo por la Asamblea Nacional de decretos que declaren el estado de excepciĆ³n no “afecta la legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurĆ­dica de los mismos”.



A partir del copamiento polĆ­tico del Tribunal Supremo por el gobierno en 2004, el poder judicial ha dejado de funcionar como un poder independiente de gobierno, y ha validado sistemĆ”ticamente el desprecio manifiesto de las autoridades por los derechos fundamentales. La Asamblea Nacional, que durante gran parte de la Ćŗltima dĆ©cada estuvo bajo control oficialista, promulgĆ³ reiteradamente “leyes habilitantes” que dieron al Presidente amplias facultades para legislar. La Asamblea Nacional tambiĆ©n volviĆ³ a copar al Tribunal Supremo con magistrados afines al gobierno mĆ”s recientemente, en diciembre de 2015, para garantizar la continuidad de un tribunal adepto. Desde que la oposiciĆ³n ganĆ³ las elecciones legislativas del 6 de diciembre, el Tribunal Supremo ha dictado una serie de pronunciamientos que socavan seriamente la facultad de la Asamblea Nacional de legislar.



El Secretario General de la OEA, Luis Almagro, ha seƱalado que estĆ” evaluando la posibilidad de invocar la Carta DemocrĆ”tica Interamericana para analizar las amenazas al orden democrĆ”tico en Venezuela. La Carta habilita a la OEA a actuar sin el consentimiento del gobierno implicado para abordar una “alteraciĆ³n del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrĆ”tico”.



La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha seƱalado que la independencia judicial y la separaciĆ³n de poderes son componentes esenciales del orden democrĆ”tico que la OEA debe proteger conforme a la Carta. Y las interpretaciones autorizadas de la Carta ofrecidas por el ComitĆ© JurĆ­dico Interamericano y la SecretarĆ­a de Asuntos JurĆ­dicos de la OEA dejan en claro que situaciones como las actuales en Venezuela —donde el poder judicial ha dejado de actuar como un poder independiente del gobierno— justifican una respuesta activa por parte de la OEA, con o sin el consentimiento del gobierno venezolano.



Venezuela estĆ” atravesando una crisis econĆ³mica, enfrentando una severa escasez de medicamentos y bienes bĆ”sicos, y en las Ćŗltimas semanas algunos lĆ­deres opositores han instado a que se celebre un referĆ©ndum revocatorio para decidir sobre la posible destituciĆ³n del Presidente Maduro.



El Presidente Maduro sostiene que las medidas de emergencia son en respuesta a un complot extranjero para desestabilizar su gobierno. A travĆ©s del decreto del 13 de mayo, se concediĆ³ a sĆ­ mismo la capacidad de “dictar medidas y ejecutar planes de seguridad pĆŗblica que garanticen el sostenimiento del orden pĆŗblico ante acciones desestabilizadoras”, asĆ­ como “otras medidas de orden social, ambiental, econĆ³mico, polĆ­tico y jurĆ­dico que estime convenientes”.



En el pasado, el gobierno de Maduro ha respondido a supuestos planes de “desestabilizaciĆ³n” encarcelando a opositores y crĆ­ticos. Miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas han cometido abusos graves, incluidas torturas, contra personas que se manifestaron contra el gobierno en 2014, y desde julio de 2015 participan en operativos en todo el paĆ­s que estuvieron marcados por numerosos seƱalamientos de abusos contra miembros de comunidades populares y de inmigrantes.



“A la luz del pobre desempeƱo del gobierno de Maduro, hay razones de sobra para temer que Ć©ste responda a una creciente crisis econĆ³mica y polĆ­tica empleando prĆ”cticas represivas, incluyendo detenciones arbitrarias, censura y violencia”, dijo Wilkinson. “La OEA debe actuar ahora, antes de que la situaciĆ³n empeore”. 



A travĆ©s de su cuenta en Twitter @hrw_espanol, se dio a conocer la informaciĆ³n.
Con la tecnologĆ­a de Blogger.