Hoy sábado inicia campaña electoral para elecciones del 15-O
ELVICTORIANO.COM.VE - A las seis de la mañana de este sábado 23 de septiembre se inicia el lapso de campaña electoral para las elecciones de gobernadores y gobernadoras que se llevarán a cabo el domingo 15 de octubre.
El lapso para la ejecución de actividades proselitistas para estos comicios finalizará a las doce de la noche del jueves 12 de octubre, de acuerdo con lo estipulado en las Normas de Campaña Electoral para las Elecciones Regionales, aprobadas por el CNE y publicadas en la Gaceta Electoral número 865.
La normativa establece que las organizaciones con fines políticos, así como las candidatas y los candidatos,podrán contratar la difusión de propaganda electoral a través de los prestadores de servicios de televisiónpública y privada en las siguientes condiciones:
- Para los prestadores de servicios de televisión por señal abierta, nacional o regional, se permitirá un tiempo máximo de tres (3) minutos diarios por prestador, no acumulables. Los prestadores de servicios detelevisión por suscripción podrán difundir la propaganda electoral de conformidad con la ley y durante un máximo de tres (3) minutos no acumulables por cada canal, incluidos en su oferta total de canales.
- La difusión de propaganda y mensajes electorales a través de la radiodifusión sonora, en el ámbito nacional o regional, se permitirá hasta por cuatro (4) minutos diarios, no acumulables por prestador de servicio.
- En los medios impresos de circulación nacional, regional y local, formato estándar, la contratación de espacios para la propaganda electoral será de hasta media (1/2) página diaria. Para los periódicos en formato tabloide, se establece hasta una (1) página diaria no acumulable.
- La normativa permite a las organizaciones con fines políticos, a las candidatas y candidatos contratar la difusión de propaganda electoral mediante operadores de telecomunicaciones que ofrezcan la facilidad de mensajería de textos, hasta por tres (3) emisiones semanales, no acumulables.
- Queda expresamente prohibida la contratación y difusión de propaganda electoral a través de las redes de telefonía fija y móvil, distinta a los mensajes de textos. De igual forma, se prohíbe la contratación, publicación y difusión de propaganda de contenido político y/o electoral por parte de personas distintas o no autorizadas, conforme a la ley y a la referida normativa.
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