Recursos de casación en Panamá en caso de terrorista Posada Carriles
Abogados querellantes y defensores de los terroristas Luis Posada Carriles, Guillermo Novo Sampol, Pedro Remón, César Matamoros y José Hurtado interpondrán recursos de casación ante la confirmación de sentencias de cárcel a todos.
En una entrevista con Prensa Latina el abogado Julio Berríos, uno de los querellantes, explicó detalles del proceso que se iniciará a principios de semana en torno a la confirmación del Segundo Tribunal de la sentencia del Juzgado Quinto Penal, para solicitar la extradición del grupo a Panamá.
A una pregunta de Prensa Latina el querellante dijo que ambas partes pueden presentar dicho recurso. Su apreciación es que ellos tienen el propósito de hacer que la Corte revise el fallo en segunda instancia.
Pero eso es muy limitado, explicó, pues dicha revisión se realiza solamente por cinco causales, dos de pruebas y tres de fondo que tienen que ver con la aplicación de la ley y que en este caso no dan motivo a la reclamación.
Esas cinco causales son violación directa de la ley sustantiva, error en la interpretación de la ley sustantiva, indebida aplicación de la ley sustantiva, error de derecho en cuanto apreciación de la prueba y error de hecho en cuanto a la existencia de las pruebas.
Sólo por una de esas causas la Corte puede revisar el fallo, insistió el abogado.
Posada Carriles y los demás encausados fueron sorprendidos con grandes cantidades de explosivos C-4 que iban a utilizar para volar el Paraninfo de la Univesidad de Panamá en el 2000 durante un acto en el que estaba invitado para hablar el líder de la Revolución cubana, Fidel Castro.
Si embargo, en el juicio que se le siguió al grupo bajo el gobierno de Mireya Moscoso, quien los indultó ilegalmente el último día de su mandato y los dejó escapar, no se les condenó por tenencia e intención de uso de explosivos, sino por delitos menores.
Estas condenas serían ocho años para Posada Carriles y Jiménez; siete años para Novo Sampol, Remón y Matamoros; y cuatro años para Hurtado.
Posada es autor intelectual confeso de la voladura en pleno vuelo sobre Barbados de un avión de Cubana de Aviación en el que murieron todos su ocupantes.
El fallo del tribunal conocido ayer sábado con ponencia del magistrado suplente Secundino Mendieta fechada el 31 de octubre de 2011, resolvió la apelación presentada por abogados defensores y querellantes a favor de estos últimos después de casi nueve años.
Según Berríos, el propósito del recurso de casación es permitir que si alguien no está de acuerdo con el fallo de segunda instancia, pueda llevarlo a la Sala Segunda de la CSJ, que es una sala penal, para que lo revise, se convierta en tribunal de instancia y dicte el fallo definitivo.
Pero para que eso se logre, repitió, tiene que darse alguna de las cinco causales señaladas anteriormente.
A la pregunta de si hay alguna posibilidad de un fallo en contra de las peticiones de los querellantes, Berríos respondió que no hay razones jurídicas ni de otra naturaleza por las que no se falle a favor de la solicitud de extradición.
Explicó que el proceso que seguirán es solicitar al tribunal la extradición, pero es el juez quien tiene que ordenarla y pasarla a la Sala Cuarta de la CSJ para que elabore el documento que se enviará a la Cancillería con el fin de que esta tramite la extradición de Posada y sus secuaces.
Ese documento que se pasa a la Cancillería panameña tiene que transmitirse al Departamento de Estado de Estados Unidos para que proceda a la detención de Posada Carriles y los demás terroristas, con fines de extradición.
Ellos entonces allá seguramente que apelarán y meterán todos los recursos que establezca el derecho estadounidense para impedir la extradición de esos criminales a Panamá, advirtió.
En cuanto a si el gobierno de Panamá puede objetar la solicitud, Berríos explicó que no debe hacerlo si todo está en regla y sujeto a ley.
Recordó que el canciller Roberto Henríquez dijo en el caso de la extradición de Manuel Antonio Noriega desde Francia, que no podía retirar la solicitud de extradición ya presentada porque él era un simple tramitador.
A otra pregunta semejante sobre alguna reticencia de la Casa Blanca o el Departamento de Estado, el abogado querellante explicó que en ese caso no es el gobierno de Estados Unidos, sino un juez, quien decide si se aprueba o no la extradición.
El juez, dijo, puede acceder o negar, entonces las partes interpondrán sus recursos ante la Corte de Apelación de Atlanta.
Aclaró que si el fallo fuese a favor de la extradición a Panamá y el gobierno estadounidense se niega a cumplirla, entonces están obligados a procesar por los delitos que cometieron en Panamá a los terroristas si esa conducta es delictiva en Estados Unidos, y tendrán que encarcelarlos.
Berríos dijo que el equipo de querellantes piensa comenzar a trabajar a partir del lunes y ver cuándo vence el término de la notificación del edicto para iniciar casación.
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